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jueves, 30 de junio de 2011

Remuneración compesataria por copia privada (Canon Digital)

Leí en un artículo argentino que en el vecino pais hay manifestaciones a tráves de las redes sociales por una ley que quieren promulgar el senado argentino, tanta fuerza reunieron que practicamente obligaron al senado a frenar el debate sobre el impuesto a dispositivos de audio y vídeo.

Por tal motivo me tome la libertad de averiguar de que se trataba pero sorpresa en mi afán de encontrar alguna información me he enterado que en Paraguay ya es Ley.

Si obviamente es una mala noticia para nosotros los usuarios, el pasado 21 de junio se reglamento mediante el Decreto 6780/11 la "Remuneración Compensatoria Por Copia Privada”, o dicho en otras palabras, el famososo canon digital.

El gravamen será sobre los dispositivos celulares, radios, reuters y cualquier otro dispositivo que sirva para la copia. El decreto es una reglamentación del Cap. IV de la Ley 1328/1998 de Derecho de Autor de Paraguay, que establece en su artículo 34 que:

"Los titulares de los derechos sobre las obras publicadas en forma gráfica, por medio de videogramas o en fonogramas, o en cualquier clase de grabación sonora o audiovisual, tendrán derecho a participar en una remuneración compensatoria por las reproducciones de tales obras o producciones, efectuadas exclusivamente para uso personal por medio de aparatos técnicos no tipográficos.

Dicha remuneración se determinará en función de los equipos, aparatos y materiales idóneos para realizar la reproducción.

El pago se acreditará a través de una identificación en el equipo de grabación o reproducción y en los soportes materiales utilizados para la duplicación, cuando corresponda.

Los titulares de derecho de autor podrán introducir tecnologías de anti-copiado y controlar la reproducción de dichos trabajos.".

Bueno existe una diferencia con el vecino país que aquí ni siquiera fue tratado en el parlamento paraguayo, sino que fue una imposición del gobierno a través de un decreto.

En España pasó algo parecido pero fue declarado ilegal por la comunidad europea de naciones es que hay que tener en cuenta que es una ley muy abusiva ya que tiene figura de impuesto pero queda oculta y que representa un porcentaje alto en el precio final del dispositivo sin tener en cuenta que estos dispositivos cada vez se usan más para uso privado. Además hay que tener en cuenta que a nivel empresarial también va en aumento con copias de contenidos propios de las empresas teniendo que pagar el impuesto igual que cualquier otro particular.

Hay un material muy bueno en pdf que explica de porque debemos estar en contra de este abuso Todos contra el canon.

Desde mi punto de vista es totalmente arbitraria porque no existe ningun registro que afirme o demuestre que dichos aparatos son utilizados para copias de materiales con derechos de autor por una persona específica es una ley que nos impone a pagar algo por suposición para beneficiar a unos cuantos autores, y suponiendo que fuese asi como sabran que materiales fueron copiados, como para realizar la distribución de lo recaudado, algunos saldran mas beneficiados que otros supongo o la distribución lo haran en forma equitativa?. En esta última parte creo que está la frutillita de la torta.

La ley ya está, pero de igual forma debemos dar la voz de rechazo para que de a poco, espero que sea rápido llegue a oidos de los que estan en el poder y puedan rever la ley, espero que el Mercosur rechace también la implementación asi como hicieron la comunidad europea sobre esta ley en Paraguay que lo único que hace es perjudicar a la gente y beneficiar a unos pocos, que seguramente en muchos caso ni siquieran se merecen sin  desmeritar el trabajo actoral de cada uno de ellos.

Más información
. Todos contra el cannon
. Rechazan canon en Argentina
. Canon por copia privada

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